| Exp. | Objeto | Descripción | Proveedor | Renglon | Total | Documentos Relacionados |
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| 105632143 | EX-2025-105632143- -APN-DA#EDUCAR - CONTRATACIÓN DIRECTA | COMPRA DE ACTIVOS DE RED. GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR lo actuado en la Contratación Directa que tramita bajo el Expediente N° EX-2025-105632143- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, cuyo objeto es la adquisición de activos de red tales como Switches Core y Borde y patch cords. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal, técnico y económico la oferta recibida de ARMY TECHNOLOGIES S.A. habida cuenta que cumple con los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el valor cotizado se encuentra dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a la firma ARMY TECHNOLOGIES S.A. el renglón N° 1, ítem 1 y 2 por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTITRES MIL DOSCIENTOS CUATRO CON 00/100 (USD 23.204,00) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos formales y técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 4° - ADJUDICAR a la firma ARMY TECHNOLOGIES S.A. el renglón N° 2, ítem 1 y 2 por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 (USD 1.248,00) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos formales y técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR la oferta recibida de YAZTHI INFRAESTRUCTURA S.A.S en virtud de no haber presentado la garantía de mantenimiento de oferta, incumpliendo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, tratándose de un defecto no subsanable conforme lo dispuesto en el inciso c) del artículo 28 del Reglamento de Compras y Contrataciones vigente. ARTÍCULO 6° - DESESTIMAR la oferta presentada de BVS TV S.A, por cuanto condiciona el mantenimiento de la oferta, en incumplimiento de lo dispuesto en el artículo V.1 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y por tratarse de un defecto no subsanable conforme a lo establecido en el inciso f) del artículo 28 del Reglamento de Compras y Contrataciones vigente. ARTÍCULO 7° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTÍCULO 8° - ORDENAR a ARMY TECHNOLOGIES S.A. integrar la garantía de cumplimiento de contrato conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente y en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 9° - ORDENAR se reintegren las garantías de mantenimiento de oferta recibidas, una vez que el adjudicatario presente la garantía de cumplimiento de contrato. ARTÍCULO 10° - NOTIFICAR a los oferentes presentados y comunicar el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
ARMY TECHNOLOGIES SA |
1,2,3,4 |
24452 |
Detalle |
| 136608990 | EX-2024-136608990- -APN-DAYF#EDUCAR - PRÓRROGA | PRÓRROGA CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE VIGILANCIA Y CUSTODIA DE EDUC.AR S.A.U.- LA GERENCIA GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: Artículo 1° - PRORROGAR la orden de compra N° 18.951 emitida a favor de COOPERATIVA DE TRABAJO CSI LTDA. por la suma total de pesos doscientos cuarenta y cuatro millones ochenta y seis mil veinticuatro con 42/100 ($244.086.024,42), de acuerdo con las condiciones previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigen la presente contratación, en concepto de la prestación del “SERVICIO DE VIGILANCIA Y CUSTODIA DE EDUC.AR S.A.U.” por el plazo de seis (6) meses, tramitado por el EX2024- 136608990- -APN-DAYF#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica. Artículo 2° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. Artículo 3° - ORDENAR a COOPERATIVA DE TRABAJO CSI LTDA la integración de la garantía de cumplimiento, conforme lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente. Artículo 4° - ORDENAR se notifique la presente medida al proveedor y se publique en la página web https://compras.educar.gob.ar/, en mérito al principio de transparencia. |
COOPERATIVA DE TRABAJO C.S.I. LIMITADA |
1 |
244086024 |
Detalle |
| 126383366 | EX-2025-126383366- -APN-DPPTEI#EDUCAR - TRAMITE SIMPLIFICADO | SERVICIO DE TRASLADO DE PALLETS- EL GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-126383366- -APN-DPPTEI#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, correspondiente al Trámite Simplificado, que tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE TRASLADO DE PALLETS. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal, técnico y económico la oferta de CENTENARIO SUPPLY SAS en tanto cumple con los requisitos establecidos en los Términos de Contratación y el valor cotizado se encuentra dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de CENTENARIO SUPPLY SAS el renglón único por el servicio de traslado de pallets, según especificaciones técnicas, por la suma total de PESOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS MIL con 00/100 ($12.800.000,00.-) por ser la única oferta económica en cumplir con los requerimientos técnicos y formales exigidos. ARTÍCULO 4° - DESESTIMAR las ofertas recibidas de SPACE GURU SAS y NICOLAS ANTONIO MENDEZ (BAI LOGISTIC), habida cuenta que no subsanan formalmente. ARTÍCULO 5° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 6° - ORDENAR se comunique a los oferentes presentados y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
CENTENARIO SUPPLY SAS |
1 |
12800000 |
Detalle |
| 125940991 | EX-2025-125940991- -APN-DA#EDUCAR - CONTRATACIÓN DIRECTA | AUDITORÍA DE SEGUIMIENTO N° 1 DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD ISO 9001:2015 DE LA AUDITORÍA INTERNA DE EDUCAR SAU - LA GERENCIA GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR por un monto total de pesos un millón treinta y dos mil con 00/100 ($1.032.000,00) a favor del INSTITUTO ARGENTINO DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN (IRAM), la Contratación Directa que tramita por el expediente Nº EX-2025-125940991- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica que tiene por objeto la “CONTRATACION IRAM PARA AUDITORÍA DE SEGUIMIENTO N° 1 DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE CALIDAD ISO 9001:2015 DE LA UAI DE EDUCAR SAU”. ARTÍCULO 2° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra respectiva. ARTÍCULO 3° - ORDENAR se notifique la presente medida al proveedor y se publique en la página web https://compras.educar.gob.ar/, en mérito al principio de transparencia |
IRAM INST ARG DE NORMAL Y CERT |
1 |
1032000 |
Detalle |
| 122182417 | EX-2025-122182417- -APN-DA#EDUCAR - TRAMITE SIMPLIFICADO | ADQUISICION DE INSUMOS HIGIENICOS - EL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1°- APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-122182417- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión documental Electrónica, que tiene por objeto la “ADQUISICION DE INSUMOS HIGIENICOS”. ARTÍCULO 2°- DECLARAR admisibles formal, económica y técnicamente las siguientes ofertas, por cumplir con con los requisitos exigidos en los Términos de Contratación y encontrarse los valores cotizados dentro del monto previsto y autorizado: para el renglón N° 1, PRODUCTOS TEXCEL S.A., BIGTIS S.A. y VALOT S.A. y para el Renglón N° 2 las ofertas de FOOD PACKAGING S.R.L., PRODUCTOS TEXCEL S.A., SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A., BIGTIS S.A., DIST MASTER S.A. y VALOT S.A. ARTÍCULO 3° - DESESTIMAR las ofertas presentadas, por no cumplir con los requerimientos técnicos, correspondientes al Renglón N° 1 por parte de las empresas FOOD PACKAGING S.R.L., LA TOALLERA ARGENTINA S.R.L., SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. y DIST MASTER S.A.; y, para el Renglón N° 2, la oferta presentada por LA TOALLERA ARGENTINA S.R.L., la cual además subsana solo parcialmente los requisitos formales exigidos. ARTÍCULO 4°- ADJUDICAR a favor de BIGTIS S.A. el renglón N°1 Papel Higiénico por la suma total de PESOS UN MILLÓN DIECISIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($1.017.600,00) de la presente contratación, por ser la oferta más económicamente conveniente para el renglón y cumplir con todos los requerimientos formales y técnicos exigidos en los Términos de Contratación. ARTICULO 5° - DECLARAR en segundo orden de mérito para el renglón N°1 la oferta base de PRODUCTOS TEXCEL S.A. por el monto de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 1.123.280,00). ARTICULO 6° - DECLARAR en tercer orden de mérito para el renglón N°1 la oferta de VALOT S.A. por el monto de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($ 1.316.480,00). ARTICULO 7° - DECLARAR en cuarto orden de mérito para el renglón N°1 la oferta alternativa de PRODUCTOS TEXCEL S.A. por el monto de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 1.350.144,00). ARTÍCULO 8°- ADJUDICAR a favor de FOOD PACKAGING S.R.L. el renglón N°2 Bobina de Papel de Limpieza por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($2.475.000,00) de la presente contratación, por ser la oferta más económicamente conveniente para el renglón y cumplir con todos los requerimientos formales y técnicos exigidos en los Términos de Contratación. ARTICULO 9° - DECLARAR en segundo orden de mérito para el renglón N°2 la oferta de PRODUCTOS TEXCEL S.A. por el monto de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($ 2.484.790,00). ARTICULO 10° - DECLARAR en tercer orden de mérito para el renglón N°2 la oferta de BIGTIS S.A. por el monto de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 2.640.500,00). ARTICULO 11° - DECLARAR en cuarto orden de mérito para el renglón N°2 la oferta de SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. por el monto de PESOS TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 3.145.000,00). ARTICULO 12° - DECLARAR en quinto orden de mérito para el renglón N°2 la oferta de VALOT S.A. por el monto de PESOS TRES MILLONES SETESCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 3.715.910,00). ARTICULO 13° - DECLARAR en sexto orden de mérito para el renglón N°2 la oferta de DIST MASTER S.A. por el monto de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($ 4.414.035,00). ARTICULO 14° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTICULO 15° - ORDENAR se comunique a los oferentes presentados y se publique en el sitio web de Educ.ar la presente Disposición, en mérito al principio de transparencia. |
FOOD PACKAGING SRL BIGTIS SA |
2 1 |
2475000 1017600 |
Detalle |
| 47154841 | EX-2025-47154841- -APN-DA#EDUCAR - TRÁMITE SIMPLIFICADO -PRÓRROGA | PRÓRROGA CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE LIQUIDACIÓN DE SUELDOS EDUCAR SAU - LA GERENCIA GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: Artículo 1° - PRORROGAR la orden de compra N° 18952 emitida a favor de TONNELIER ALEJANDRO LUIS JESUS por la suma total de pesos cinco millones setecientos mil con 00/100 ($5.700.000,00), de acuerdo con las condiciones previstas en los Términos de Contratación que rigen la presente contratación, en concepto de la prestación del “SERVICIO INTEGRAL DE LIQUIDACION DE HABERES” por el plazo de seis (6) meses, tramitado por el EX-2025- 47154841- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica. Artículo 2° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. Artículo 3° - ORDENAR a TONNELIER ALEJANDRO LUIS JESUS la integración de la garantía de cumplimiento, conforme lo previsto en los Términos de Contratación y el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente. Artículo 4° - ORDENAR se notifique la presente medida al proveedor y se publique en la página web https://compras.educar.gob.ar/, en mérito al principio de transparencia. |
TONNELIER ALEJANDRO LUIS JESUS |
1 |
5700000 |
Detalle |
| 8969595 | EX-2025-08969595- -APN-DAYF#EDUCAR- AMPLIACIÓN | AMPLIACIÓN HORAS SOPORTE TÉCN. SIST. GESTIÓN TANGO. LA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTICULO 1°- APROBAR a favor de BORRAJO Y ASOCIADOS S.R.L. la ampliación de la Orden de Compra N°18940, por un monto total de un millón seiscientos noventa y cuatro mil con 00/100 ($ 1.694.000,00.-), correspondiente a 28 horas de Asistencia Técnica y Capacitación del Sistema de Gestión Tango, del Trámite Simplificado que tramita por el expediente Nº EX-2025-08969595- -APNDAYF# EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica. ARTICULO 2°- Autorizar a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTICULO 3° - Comunicar, notificar y publicar en la página web de Educ.ar S.A.U. la presente Resolución, en mérito al principio de transparencia. |
BORRAJO Y ASOCIADOS S.R.L. |
1 |
1694000 |
Detalle |
| 105626161 | EX-2025-105626161- -APN-DA#EDUCAR - TRAMITE SIMPLIFICADO | SERVICIO DE INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE CLÚSTER PROXMOX VE Y PROXMOX BACKUP. EL GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-105626161- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, correspondiente al Trámite Simplificado, que tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE CLÚSTER PROXMOX VE Y PROXMOX BACKUP. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal, técnico y económico la oferta de SEBASTIAN BOGGIANO en tanto cumple con los requisitos establecidos en los Términos de Contratación y el valor cotizado se encuentra dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de SEBASTIAN BOGGIANO el renglón único Servicio de puesta en funcionamiento clúster Proxmox VE y Proxmox Backup, según especificaciones técnicas, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS con 00/100 ($7.562.500,00.-) por ser la única oferta económica y cumplir con los requerimientos técnicos y formales exigidos. ARTÍCULO 4° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 5° - ORDENAR a SEBASTIAN BOGGIANO integrar la garantía de cumplimiento conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones y en los Términos de la presente contratación. ARTÍCULO 6° - ORDENAR se comunique al oferente lo dispuesto y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
BOGGIANO SEBASTIAN |
1 |
7562500 |
Detalle |
| 102950636 | EX-2025-102950636- -APN-DA#EDUCAR -TRÁMITE SIMPLIFICADO | SERVICIO DE SEGURIDAD E HIGIENE - RECEPCIÓN DE OFERTAS VÍA MAIL A COMPRAS@EDUCAR.GOB.AR - FECHA DE APERTURA: 07/10/2025 12:00 HORAS.EL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-102950636- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, correspondiente al Trámite Simplificado, que tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA EDUCAR S.A.U. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal, técnico y económico la oferta de AGUILERA BIASI MELISA en tanto cumple con los requisitos establecidos en los Términos de Contratación y el valor cotizado se encuentra dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de AGUILERA BIASI MELISA el renglón único que tiene como objeto la contratación del servicio de seguridad e higiene, por un término de doce (12) meses con posibilidad de renovación por igual o menor período, según especificaciones técnicas, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCCIENTOS MIL con 00/100 ($2.400.000,00.-) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales exigidos. ARTÍCULO 4° - DESESTIMAR la oferta recibida de ALEJANDRO SANCHEZ FERRE debido a que excede ampliamente el monto previsto y autorizado para la presente contratación. ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR la oferta recibida de CHAER S.R.L. ya que excede el monto previsto y autorizado y no cumple técnicamente, debido a que no subsana lo requerido por la Gerencia de Recursos Humanos. ARTÍCULO 6° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 7° - ORDENAR a AGUILERA BIASI MELISA integrar la garantía de cumplimiento conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente y en los Términos de la presente contratación. ARTÍCULO 8° - ORDENAR se comunique a los oferentes lo dispuesto y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
AGUILERA BIASI MELISA CLAUDIA |
1 |
2400000 |
Detalle |
| 86582902 | EX-2025-86582902- -APN-DA#EDUCAR - CONTRATACION DIRECTA | REPARACION CUBIERTA DEL TECHO DE LOS LOCALES 96, 97 Y 98, EDIFICIO N ° 20 UBICADO EN EL ESPACIO PARA LA MEMORIA Y LOS DERECHOS HUMANOS (EX ESMA) - EL GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR lo actuado en la Contratación Directa que tramita bajo el Expediente N° EX-2025- 86582902- - APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, cuyo objeto es la Reparación de Cubierta del Techo de los Locales 96, 97 y 98, Edificio Nº 20, ubicado en Espacio para la Memoria y los Derechos Humanos (ex ESMA). ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal, técnico y económico la oferta recibida de HIPSOMETRICA S.R.L. habida cuenta que cumple con los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el valor cotizado se encuentra dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a la firma HIPSOMETRICA S.R.L. por la suma total de PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS ($ 11.332.200,00) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos formales y técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 4° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTÍCULO 5° - ORDENAR a HIPSOMETRICA S.R.L. integrar las garantías de anticipo y cumplimiento de contrato conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente y en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 6° - ORDENAR se reintegre la garantía de mantenimiento de oferta recibida, una vez que el adjudicatario presente la garantía de cumplimiento de contrato. ARTÍCULO 7° - ORDENAR se dé curso al anticipo del adjudicatario, una vez que haya presentado la contragarantía correspondiente. ARTÍCULO 8° - NOTIFICAR al oferente presentado y comunicar el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
HIPSOMETRICA |
1 |
11332200 |
Detalle |
| 68070382 | EX-2025-68070382- -APN-DA#EDUCAR - TRÁMITE SIMPLIFICADO | CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE ESPECIALISTA POWER BI INGENIERO DE DATOS. RECEPCIÓN DE OFERTAS VÍA MAIL A COMPRAS@EDUCAR.GOB.AR - EL GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1°- APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-68070382- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión documental Electrónica, que tiene por objeto la “CONTRATACIÓN SERVICIO ESPECIALISTA POWER BI INGENIERO DE DATOS” ARTÍCULO 2°- DECLARAR admisibles formal, económica y técnicamente a las ofertas recibidas de GINES GARCIA ZEMAN y ESPIN LABS S.R.L. habida cuenta que cumplen con los requisitos exigidos en los Términos de Contratación y los valores cotizados se encuentran dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3°- ADJUDICAR a favor de GINES GARCIA ZEMAN el renglón único por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($10.560.000,00) de la presente contratación, por ser la oferta económicamente más conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales establecidos en los Términos de contratación. ARTICULO 4° - DECLARAR en segundo orden de mérito la oferta de ESPIN LABS S.R.L. por el monto de PESOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 11.840.000,00). ARTICULO 5° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTICULO 6° - ORDENAR a GINES GARCIA ZEMAN integrar la garantía de cumplimiento conforme lo previsto en los Términos de la presente contratación. ARTÍCULO 7° - ORDENAR se reintegre la garantía de mantenimiento de oferta recibida. ARTICULO 8° - ORDENAR se comunique a los oferentes presentados y se publique en el sitio web de Educ.ar la presente Disposición, en mérito al principio de transparencia. |
GINES GARCIA ZEMAN |
1,2 |
10560000 |
Detalle |
| 74754463 | EX-2025-74754463- -APN-DA#EDUCAR - TRÁMITE SIMPLIFICADO | SERVICIO DE COMUNICACIONES UNIFICADAS. RECEPCIÓN DE OFERTAS VÍA MAIL A COMPRAS@EDUCAR.GOB.AR - FECHA DE APERTURA: 29/08/2025 11:00 HORAS. - EL GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-74754463- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, correspondiente al Trámite Simplificado, que tiene por objeto la contratación del SERVICIO DE COMUNICACIONES UNIFICADAS. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal, técnico y económico la oferta de EVOLVE TECH SRL en tanto cumple con los requisitos establecidos en los Términos de Contratación y el valor cotizado se encuentra dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de EVOLVE TECH SRL el renglón único Servicio de comunicaciones unificadas, por un término de seis (6) meses con posibilidad de renovación por igual o menor período, según especificaciones técnicas, por la suma total de PESOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA con 02/100 ($11.976.580,02.-) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales exigidos. ARTÍCULO 4° - DESESTIMAR la oferta recibida de UTOPIX NETWORKS SA debido a que excede ampliamente el monto previsto y autorizado para la presente contratación. ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR la oferta recibida de GCS TELECOMUNICACIONES Y SERVICIOS SRL por condicionar la oferta de conformidad con el artículo 28 inciso f) del Reglamento de Compras y Contrataciones, por los motivos señalados en los considerandos de la presente medida. ARTÍCULO 6° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 7° - ORDENAR a EVOLVE TECH SRL integrar la garantía de cumplimiento conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente y en los Términos de la presente contratación. ARTÍCULO 8° - ORDENAR se comunique a los oferentes lo dispuesto y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
EVOLVE TECH SRL |
1 |
11976576 |
Detalle |