Tipo de Contratación: Contratación directa
Fecha de apertura: 27/02/2026
Fecha de publicación: 19/02/2026
Fecha de adjudicación: 16/03/2026
Expediente Nº: 13596566 - Año: 2026
Estado: Anteriores
Objeto de la contratación: ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE LIBRERÍA PARA EDUC.AR S.A.U - el DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN DE EDUC.AR S.A.U. - DISPONE: ARTÍCULO 1°- APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2026-13596566- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión documental Electrónica, que tiene por objeto la “ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE LIBRERÍA PARA EDUC.AR S.A.U” ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisibles desde el punto de vista formal, económico y técnico a las ofertas de: VISAPEL S.A. en todos sus renglones, OFFIDESK S.R.L. excepto para los renglones Nº 4, 5 y 26 y ERRE DE S.R.L. excepto para renglones Nº 1, 2, 4, 5, 14, 26 y 28; por cuanto cumplen con los requisitos de los Términos de Contratación y se ajustan al monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de VISAPEL S.A. los renglones Nº 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 12, 14, 16, 17, 18, 23, 24, 25, 26 y 28 por la suma total de NOVECIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 ($914.939,00) por ser la oferta económicamente más conveniente, y cumplir con los requerimientos técnicos y formales establecidos en los Términos de Contratación. ARTÍCULO 4° - ADJUDICAR a favor de ERRE DE S.R.L. los renglones Nº 3, 9, 10, 11, 13, 15, 19, 20, 21, 22 y 27 por la suma total de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO CON 65/100 ($284.225,65) por ser la oferta económicamente más conveniente, y cumplir con los requerimientos técnicos y formales establecidos en los Términos de Contratación. ARTÍCULO 5° - Establecer en segundo orden de mérito para los renglones Nº 1, 2, 6, 7, 9, 14 y 28, a la oferta presentada por OFFIDESK S.R.L. de acuerdo con lo evaluado en el marco del presente procedimiento. ARTÍCULO 6° - Establecer en segundo orden de mérito para los renglones Nº 3, 10, 11, 13, 15, 19, 20, 21, 22 y 27, la oferta presentada por VISAPEL S.A. conforme lo evaluado en el procedimiento. ARTÍCULO 7° - Establecer en segundo orden de mérito para los renglones Nº 8, 12, 16, 17, 18, 23, 24 y 25, la oferta presentada por ERRE DE S.R.L. de acuerdo con lo evaluado en el marco del presente procedimiento. ARTÍCULO 8° - Establecer en tercer orden de mérito para los renglones Nº 3, 8, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 27 la oferta presentada por OFFIDESK S.R.L. conforme lo evaluado en el procedimiento. ARTÍCULO 9° - Establecer en tercer orden de mérito para el renglón Nº 9 la oferta presentada por VISAPEL S.A. conforme lo evaluado en el procedimiento. ARTÍCULO 10° - Establecer en tercer orden de mérito para los Renglones Nº 6 y 7, la oferta presentada por ERRE DE S.R.L. conforme lo evaluado en el procedimiento. ARTÍCULO 11° - DESESTIMAR la oferta presentada por OFFIDESK S.R.L. para los renglones Nº 4, 5 y 26, por no cumplir con las especificaciones técnicas exigidas en los Términos de Contratación. ARTÍCULO 12° - DESESTIMAR la oferta presentada por ERRE DE S.R.L. para los renglones Nº 1, 2, 4, 5, 14 y 28 por no presentar las muestras requeridas y para el renglón N° 26 por no cumplir con las especificaciones técnicas exigidas en los Términos de Contratación. ARTÍCULO 13° - DESESTIMAR toda la oferta presentada por GIANELLI PABLO SEBASTIAN (NP DESCARTABLES) por exceder, en todos los renglones cotizados, el monto estimado y autorizado para la presente contratación. ARTÍCULO 14° - DESESTIMAR toda la oferta presentada por AGÜERO MARIA ALICIA por no haber subsanado en el plazo establecido los defectos formales oportunamente solicitados, conforme a lo dispuesto en el Art. 28 del Reglamento de Compras y Contrataciones. ARTÍCULO 15° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir las correspondientes órdenes de compra. ARTÍCULO 16° - ORDENAR se comunique a los oferentes presentados y se publique en el sitio web de Educ.ar la presente Disposición, en mérito al principio de transparencia.
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