| Exp. | Objeto | Descripción | Proveedor | Renglon | Total | Documentos Relacionados |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 82907408 | EX-2025-82907408- -APN-DA#EDUCAR - TRÁMITE SIMPLIFICADO | RENOVACIÓN LLAVE SISTEMA DE GESTIÓN TANGO PARA EDUCAR SAU - RECEPCIÓN DE OFERTAS VÍA MAIL A COMPRAS@EDUCAR.GOB.AR - FECHA DE APERTURA: 19/08/2025 16:00 HORAS.LA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-82907408- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, correspondiente al Tramite Simplificado, que tiene por objeto la RENOVACIÓN LLAVE SISTEMA DE GESTIÓN TANGO PARA EDUCAR SAU POR SEIS MESES. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal, técnico y económico la oferta de BORRAJO Y ASOCIADOS SRL en tanto cumple con los requisitos establecidos en los Términos de Contratación y el valor cotizado se encuentra dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor BORRAJO Y ASOCIADOS SRL el renglón único, correspondiente a la renovación semestral de la llave del sistema Tango según especificaciones técnicas, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCO con 00/100 ($ 6.261.205,00.-) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales exigidos. ARTÍCULO 4° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 5° - ORDENAR solicitar a BORRAJO Y ASOCIADOS SRL la integración de la garantía de cumplimiento, conforme lo previsto en los Términos de Contratación y el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente. ARTÍCULO 6° - ORDENAR se comunique al oferente lo dispuesto y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
BORRAJO Y ASOCIADOS S.R.L. |
1 |
6261205 |
Detalle |
| 50801331 | EX-2025-50801331- -APN-DA#EDUCAR - AMPLIACIÓN | AMPLIACIÓN DE INSUMOS HIGIÉNICOS PARA EDUCAR S.A.U. - LA DIRECCION DE ADMINISTRACION Y FINANZAS DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR Y ADJUDICAR a favor de PRODUCTOS TEXCEL S.A. la ampliación de la Orden de Compra N°18950, por un monto total de pesos quinientos noventa y nueve mil ciento setenta y dos con 00/100 ($ 599.172,00), correspondientes al renglón N°1 Papel Higiénico por un valor de doscientos treinta mil seiscientos sesenta y cuatro con 00/100 ($ 230.664,00) y el renglón N° 2 Bobina de Papel por trescientos sesenta y ocho mil quinientos ocho con 00/100 ($ 368.508,00); del Trámite Simplificado que tiene por objeto la “ADQUISICIÓN DE INSUMOS HIGIÉNICOS PARA EDUC.AR S.A.U.” que tramita por el expediente EX-2025-50801331- -APNDA# EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica. ARTÍCULO 2° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTÍCULO 3° - ORDENAR se comunique al proveedor adjudicado y se publique en el sitio web de Educ.ar S.A.U. la presente Disposición, en mérito al principio de transparencia. |
PRODUCTOS TEXCEL SA |
1,2 |
599172 |
Detalle |
| 52782210 | EX-2025-52782210- -APN-DA#EDUCAR - 2° LLAMADO APERTURA 30/07/25 11:00 HS | SERVICIO DE IMPRESIÓN, COPIADO Y DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS - Presentación de ofertas vía correo electrónico compras@educar.gob.ar hasta la fecha y hora indicada. LA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-52782210- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, correspondiente a la Contratación Directa – Tramite Simplificado, que tiene por objeto el SERVICIO DE IMPRESIÓN, COPIADO Y DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS – SEGUNDO LLAMADO. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal, técnico y económico la oferta de YAZTHI INFRAESTRUCTURA SAS en tanto cumple con los requisitos establecidos en los Términos de Contratación y el valor cotizado se encuentra dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor YAZTHI INFRAESTRUCTURA SAS el renglón único, servicio de impresión, copiado y digitalización de documentos con opción a prórroga por hasta seis (6) meses según especificaciones técnicas, por la suma total de DÓLARES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA con 00/100 (USD $1.350,00.-) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales exigidos. ARTÍCULO 4° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 5° - ORDENAR solicitar a YAZTHI INFRAESTRUCTURA SAS la integración de la garantía de cumplimiento, conforme lo previsto en los Términos de Contratación y el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente. ARTÍCULO 6° - ORDENAR se comunique al oferente lo dispuesto y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
YAZTHI INFRAESTRUCTURA SAS |
1 |
1350 |
Detalle |
| 45617637 | EX-2025-45617637- -APN-GG#EDUCAR - LICITACIÓN PÚBLICA | SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL REDES LOCALES - EL INTERVENTOR DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR lo actuado en a Licitación Pública Nacional que tramita bajo el Expediente N° EX-2025-45617637- -APN-GG#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, cuyo objeto es la contratación de un servicio de mantenimiento integral de redes locales, en el marco del Programa Conectar Igualdad creado por el Decreto Nº 11/2022. ARTÍCULO 2° - ADJUDICAR a la firma DINATECH S.A. la ZONA 1 por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS ONCE (USD 60.860.611) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos formales y técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR y DECLARAR en PRIMER ORDEN DE MÉRITO para la ZONA 2 a la firma DINATECH S.A. por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y UN MILLONES SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SEIS (USD 61.073.306) por ser la oferta económicamente más conveniente y cumplir con los requerimientos formales y técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 4° - DECLARAR en SEGUNDO ORDEN DE MÉRITO para la ZONA 2 a la empresa OCP TECH S.A. por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (USD 61.753.455), por cumplir con los requerimientos formales y técnicos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y encontrarse dentro del monto previsto y autorizado para la contratación. ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR la oferta de la empresa TRUSTIT S.R.L. habida cuenta que no presentó la garantía de mantenimiento de oferta y la consiguiente inadmisibilidad que de ello se deriva en los términos dispuestos en el inciso c) del artículo 28 del Reglamento de Compras y Contrataciones, como así también lo previsto en el apartado V.3., acápite A.3, del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 6° - DESESTIMAR la oferta integral recibida de CGM INGENIERIA S.R.L. habida cuenta que no cumple con los requisitos formales y técnicos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y por superar el monto previsto y autorizado para la contratación, de conformidad con los motivos señalados en los considerandos de la presente medida. ARTÍCULO 7° - DESESTIMAR para la Zona 1 la oferta recibida de OCP TECH S.A. habida cuenta que los valores cotizados superan el monto previsto y autorizado para la contratación. ARTÍCULO 8° - DESESTIMAR la oferta integral recibida de ARG COLOR S.R.L. habida cuenta que no cumple con los requisitos formales y técnicos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y por superar el monto previsto y autorizado para la contratación, de conformidad con los motivos señalados en los considerandos de la presente medida. ARTÍCULO 9° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTÍCULO 10° - ORDENAR a DINATECH S.A. integrar la garantía de cumplimiento de contrato conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente y en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 11° - ORDENAR se reintegren las garantías de mantenimiento de oferta recibidas, una vez que el adjudicatario presente la garantía de cumplimiento de contrato. ARTÍCULO 12° - NOTIFICAR a los oferentes presentados y comunicar el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
DINATECH S.A. |
1,2 |
121933917 |
Detalle |
| 70177766 | EX-2025-70177766- -APN-DA#EDUCAR - TRÁMITE SIMPLIFICADO | SERVICIO DE MEDICINA LABORAL EXTERNO PARA EDUC.AR SAU - RECEPCIÓN DE OFERTAS VÍA MAIL A COMPRAS@EDUCAR.GOB.AR - FECHA DE APERTURA: 11/07/2025 11:00 HORAS. La GERENCIA GENERAL de EDUC.AR S.A.U. dispone en el expediente de referencia: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-70177766- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, correspondiente al Tramite Simplificado, que tiene por objeto el SERVICIO DE MEDICINA LABORAL EXTERNO PARA EDUC.AR S.A.U. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal, técnico y económico la oferta de CENTRO MÉDICO DEL PLATA SRL en tanto cumple con los requisitos establecidos en los Términos de Contratación y el valor cotizado se encuentra dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor CENTRO MÉDICO DEL PLATA SRL el renglón el renglón único, servicio de medicina laboral, por la suma total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL con 00/100 ($ 2.890.000,00.-) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales exigidos. ARTÍCULO 4° - DESESTIMAR la oferta recibida de MG RECURSOS LABORALES SRL, por no subsanar en tiempo y forma los aspectos formales requeridos y poseer deuda con ARCA. ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR la oferta recibida de CITY MEDICAL SERVICE SA, por no cumplir con los términos de contratación donde establece que debe cotizarse sin excepción mediante el Anexo II – planilla de cotización y por exceder el monto previsto y autorizado a solicitud de gastos N°5-4163. ARTÍCULO 6° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 7° - ORDENAR solicitar a CENTRO MÉDICO DEL PLATA SRL la integración de la garantía de cumplimiento, conforme lo previsto en los Términos de Contratación y el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente. ARTÍCULO 8° - ORDENAR se comunique a los oferentes lo dispuesto y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
CENTRO MEDICO DEL PLATA SRL |
1 |
2890000 |
Detalle |
| 50406463 | EX-2025-50406463- -APN-DA#EDUCAR - TRÁMITE SIMPLIFICADO | SEGURO DE VIDA COLECTIVO LEY CONTRATO DE TRABAJO. RECEPCIÓN DE OFERTAS VÍA MAIL A COMPRAS@EDUCAR.GOB.AR - FECHA DE APERTURA: 04/06/2025 11:00 HORAS. GERENCIA GENERAL de EDUC.AR S.A.U. dispone en el expediente de referencia: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-50406463- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, llamado que tiene por objeto el “SEGURO DE VIDA COLECTIVO LEY CONTRATO DE TRABAJO”. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal y técnico las ofertas recibidas de SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA., GALENO SEGUROS S.A. y NACION SEGUROS S.A., habida cuenta que cumplen con los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y los valores cotizados se encuentran dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - DESESTIMAR la oferta recibida de FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. por no cumplir con el Reglamento de Compras y Contrataciones en su artículo 28 último párrafo, debido a que no responde el pedido de subsanación. ARTÍCULO 4° - DESESTIMAR la oferta recibida de TRIUNFO COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. por no cumplir con el Reglamento de Compras y Contrataciones en su artículo 28 último párrafo, debido a que no responde el pedido de subsanación. ARTÍCULO 5° - ADJUDICAR a favor de NACION SEGUROS S.A. el renglón único por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL CIENTO NUEVE CON 72/100 ($4.940.109,72) en concepto de SEGURO DE VIDA COLECTIVO LEY CONTRATO DE TRABAJO por ser la oferta económicamente más conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 6° - DECLARAR en segundo orden de mérito la oferta de GALENO SEGUROS S.A. por el monto de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 6.000.676,00). ARTÍCULO 7° - DECLARAR en tercero orden de mérito la oferta de SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. por el monto de PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON 00/100 ($ 7.853.316,00). ARTÍCULO 8° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTÍCULO 9° - ORDENAR se reintegre la garantía de mantenimiento de oferta recibida. ARTÍCULO 10° - ORDENAR se comunique a los oferentes presentados y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
NACION SEGUROS S.A. |
1 |
4940109 |
Detalle |
| 50801331 | EX-2025-50801331- -APN-DA#EDUCAR - TRÁMITE SIMPLIFICADO | ADQ. DE INSUMOS HIGIÉNICOS PARA EDUCAR S.A.U. - RECEPCIÓN DE OFERTAS VÍA MAIL A COMPRAS@EDUCAR.GOB.AR - FECHA DE APERTURA: 29/05/2025 10:00 HORAS - (REQUIERE MUESTRA Y FOLLETO). LA DIRECCION DE ADMINISTRACION DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-50801331- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, que tiene por objeto el “ADQUISICIÓN DE INSUMOS HIGIÉNICOS PARA LA SEDE DE EDUC.AR SAU”. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisibles desde el punto de vista formal y técnico a las ofertas presentadas por PRODUCTOS TEXCEL SA y únicamente el renglón N°1 de la empresa VALOT SA, habida cuenta que las mismas cumplen con los requisitos exigidos en los Términos de Contratación y los valores cotizados se encuentran dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de PRODUCTOS TEXCEL SA por la suma total de pesos un millón setecientos once mil novecientos veinte con 00/100 ($1.711.920.-) correspondiente por el renglón N°1 Papel Higiénico por un valor de seiscientos cincuenta y nueve mil cuarenta con 00/100 ($ 659.040.-) y el renglón N° 2 Bobina de Papel por un millón cincuenta y dos mil ochocientos ochenta con 00/100 ($1.052.880.-) por ser la única oferta más económicamente conveniente y cumplir con todos los requerimientos formales y técnicos exigidos en los Términos de Contratación. ARTÍCULO 4° - DECLARAR en segundo orden de mérito a la empresa VALOT SA, por el renglón N°1 Papel Higiénico, por la suma de setecientos ochenta y nueve mil ochocientos ochenta y ocho con 00/100 ($789.888.-). ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR la oferta presentada para el reglón N° 2 por la empresa VALOT SA en virtud de estar fuera del monto previsto y autorizado a Solicitud de Gastos 5-4156. ARTÍCULO 6° - DESESTIMAR la oferta presentada por la empresa DIST MASTER SA para el renglón N°1 por no cumplir con los requerimientos técnicos y el reglón N° 2 en virtud de estar fuera del monto previsto y autorizado a Solicitud de Gastos 5-4156. ARTÍCULO 7° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 8° - ORDENAR que se comunique a los oferentes presentados y se publique la presente DISPOSICION en el sitio web de Educ.ar, en cumplimiento del principio de transparencia. |
PRODUCTOS TEXCEL SA |
1,2 |
1711920 |
Detalle |
| 47154841 | EX-2025-47154841- -APN-DA#EDUCAR - TRÁMITE SIMPLIFICADO | CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE LIQUIDACIÓN DE SUELDOS EDUCAR SAU - EL GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-47154841- -APN-DA#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, que tiene por objeto el “SERVICIO INTEGRAL DE LIQUIDACIÓN DE HABERES”. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisibles, desde el punto de vista formal, técnico y económico las ofertas por TONNELIER ALEJANDRO LUIS JESUS y SUELDOSRH SRL en tanto cumplen con los requisitos establecidos en los Términos de Contratación y los valores cotizados se encuentran dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de TONNELIER ALEJANDRO LUIS JESUS por el renglón único Servicio de liquidación de sueldos, por la suma total de pesos cinco millones setecientos mil con 00/100 ($5.700.000,00) por ser la oferta económicamente más conveniente y cumplir con los requerimientos formales y técnicos exigidos en los Términos de Contratación. ARTÍCULO 4° - DECLARAR en segundo orden de mérito a la empresa SUELDOSRH SRL, por el renglón único Servicio de liquidación de sueldos, por la suma de diez millones trescientos treinta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho con 00/100 ($10.334.958,00). ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR la oferta presentada por la empresa CONSULTORESEM SRL en virtud de subsanar parcialmente defectos formales observados y por encontrarse su oferta, fuera del monto previsto y autorizado a Solicitud de Gastos 5-4152. ARTÍCULO 6° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente Orden de Compra. ARTÍCULO 7° - ORDENAR solicitar a TONNELIER ALEJANDRO LUIS JESUS la integración de la garantía de cumplimiento, conforme lo previsto en los Términos de Contratación y el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente. ARTÍCULO 8° - ORDENAR que se comunique a los oferentes presentados y se publique la presente DISPOSICION en el sitio web de Educ.ar, en cumplimiento del principio de transparencia. |
TONNELIER ALEJANDRO LUIS JESUS |
1 |
5700000 |
Detalle |
| 136608990 | EX-2024-136608990- -APN-DAYF#EDUCAR - LICITACIÓN PÚBLICA | SERVICIO DE VIGILANCIA Y CUSTODIA DE EDUC.AR SAU - EL GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2024-136608990- -APN-DAYF#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, llamado que tiene por objeto el “SERVICIO DE VIGILANCIA Y CUSTODIA DE EDUC.AR S.A.U.”. ARTÍCULO 2° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal y técnico la oferta recibida de COOPERATIVA DE TRABAJO CSI LTDA., habida cuenta que cumple con los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y los valores cotizados se encuentran dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - DESESTIMAR la oferta recibida de MURATA S.A. por superar el monto previsto y autorizado para la presente contratación. ARTÍCULO 4° - DESESTIMAR la oferta recibida de EMPRESA DE SEGURIDAD INTEGRAL ALESA S.A. por superar el monto previsto y autorizado para la presente contratación. ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR la oferta recibida de ENTHEUS SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. por no cumplir con el Reglamento de Compras y Contrataciones en sus artículos 24 inciso b) y 28 último párrafo, debido a que registra deuda ante ARCA y no subsana en su totalidad el requisito formal, y por superar el monto previsto y autorizado para la presente contratación. ARTÍCULO 6° - DESESTIMAR la oferta recibida de GLOBAL PROTECTION SERVICE S.A. por no cumplir con el Reglamento de Compras y Contrataciones en sus artículos 24 inciso b) y 28 último párrafo, debido a que registra deuda ante ARCA y no subsana el requisito formal. ARTÍCULO 7° - ADJUDICAR a favor de COOPERATIVA DE TRABAJO CSI LTDA. el renglón único por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA DOS MIL CON 00/100 ($205.632.000,00) en concepto de Servicio de Vigilancia y Custodia de Educ.ar S.A.U. por ser la oferta más económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 8° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTÍCULO 9° - ORDENAR a COOPERATIVA DE TRABAJO CSI LTDA. integrar la garantía de cumplimiento de contrato conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente y en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 10° - ORDENAR se reintegren las garantías de mantenimiento de oferta recibidas, una vez que el adjudicatario presente la garantía de cumplimiento de contrato. ARTÍCULO 11° - ORDENAR se comunique a los oferentes presentados y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
COOPERATIVA DE TRABAJO C.S.I. LIMITADA |
1,2 |
205632000 |
Detalle |
| 136566026 | EX-2024-136566026- -APN-DAYF#EDUCAR - LICITACIÓN PÚBLICA | SERVICIO DE LIMPIEZA GENERAL Y MANTENIMIENTO SANITARIO PARA LAS SEDES DE EDUC.AR S.A.U. - EL GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2024-136566026- -APN-DAYF#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, llamado que tiene por objeto el “SERVICIO DE LIMPIEZA GENERAL Y MANTENIMIENTO SANITARIO PARA LAS SEDES DE EDUC.AR S.A.U.”. ARTÍCULO 1° - DECLARAR admisible, desde el punto de vista formal y técnico las ofertas recibidas de UNIVERSAL CLEAN S.R.L., LA BIZANTINA SERVICIOS GENERALES S.A., ESPEJO S.A., EZCA SERVICIOS GENERALES S.A. y EMEVEVE S.A. habida cuenta que cumplen con los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y los valores cotizados se encuentran dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 2° - DESESTIMAR la oferta recibida de REPAIRS SERVICES S.R.L. habida cuenta que no cumple con los requisitos técnicos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de EMEVEVE S.A. el renglón único por la suma total de PESOS NOVENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($95.358.000,00) en concepto de Servicio de Limpieza General y Mantenimiento Sanitario para las sedes de Educ.ar S.A.U. por ser la oferta más económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 4° - DECLARAR en segundo orden de mérito la oferta de LA BIZANTINA SERVICIOS GENERALES S.A. por el monto de PESOS CIENTO SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($ 106.156.800,00.-). ARTÍCULO 5° - DECLARAR en tercero orden de mérito la oferta de UNIVERSAL CLEAN S.R.L. por el monto de PESOS CIENTO ONCE MILLONES NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON 40/100. ($111.919.226,40). ARTÍCULO 6° - DECLARAR en cuarto orden de mérito la oferta de EZCA SERVICIOS GENERALES S.A. por el monto de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO CON 70/100. ($128.794.151,70). ARTÍCULO 7° - DECLARAR en quinto orden de mérito la oferta de ESPEJO S.A. por el monto de PESOS CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON 06/100. ($153.321.321,06). ARTÍCULO 8° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTÍCULO 9° - ORDENAR a EMEVEVE S.A. integrar la garantía de cumplimiento de contrato conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente y en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 10° - ORDENAR se reintegren las garantías de mantenimiento de oferta recibidas, una vez que el adjudicatario presente la garantía de cumplimiento de contrato. ARTÍCULO 11° - ORDENAR se comunique a los oferentes presentados y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
EMEVEVE SA |
1 |
95358000 |
Detalle |
| 15280116 | EX-2025-15280116- -APN-DAYF#EDUCAR - CONTRATACIÓN DIRECTA | SEGUROS ROBO Y TÉCNICO EDUCAR S.A.U. - RECEPCIÓN DE OFERTAS EN AV. CDORO. RIVADAVIA 1151 CABA - FECHA DE APERTURA: 13/03/2025 10:00 HORAS. EL GERENTE GENERAL DE EDUC.AR S.A.U. DISPONE: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-15280116- -APN-DAYF#EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, llamado que tiene por objeto la “SEGUROS TÉCNICO Y ROBO PARA BIENES DE EDUCAR S.A.U.” ARTÍCULO 2° - ADJUDICAR a favor de NACIÓN SEGUROS S.A. el renglón 1 por la suma total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTE con 10/100 ($ 6.726.420,10.-) ; de los cuales PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO con 60/100 ($ 3.439.868,60.-) corresponden al ítem 1 y PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 50/100 ($ 3.286.551,50.-) corresponden al ítem 2; en concepto de seguros de robo por ser la oferta más conveniente desde el punto de vista económico y cumplir con los requerimientos técnicos y formales establecidos. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de NACIÓN SEGUROS S.A. el renglón 2 por la suma total de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 ($ 43.598.387.-), de los cuales PESOS VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO ONCE CON 60/100 ($ 28.440.111,60.-) corresponden al ítem 1 y PESOS QUINCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 40/100 ($ 15.158.275,40.-) en concepto de seguro de tecnología por ser la oferta más conveniente desde el punto de vista económico y cumplir con los requerimientos técnicos y formales establecidos. ARTÍCULO 4° - DECLARAR en segundo en orden de mérito para la oferta del renglón 2 al oferente COMPAÑÍA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A. por el monto de PESOS CINCUENTA MILLONES NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ 50.094.379,30.-). ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR la oferta de COMPAÑÍA DE SEGUROS LA MERCANTIL ANDINA S.A. correspondiente al renglón 1 por superar el monto previsto y autorizado para la presente contratación. ARTÍCULO 6° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTÍCULO 7° - ORDENAR se solicite a NACION SEGUROS S.A. integrar la garantía de cumplimiento conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente y en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. ARTÍCULO 8° - ORDENAR se reintegren las garantías de mantenimiento de oferta recibidas, una vez que el adjudicatario presente la garantía de cumplimiento. ARTÍCULO 9° - ORDENAR se comunique a los oferentes presentados y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en mérito al principio de transparencia. |
NACION SEGUROS S.A. |
1,2,3,4 |
36684790 |
Detalle |
| 2076850 | EX-2025-02076850- -APN-DAYF#EDUCAR - TRÁMITE SIMPLIFICADO | RECARGA, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE EXTINTORES DE LAS SEDES DE EDUCAR SAU. Se hace saber a Uds. que respecto del Expte. de referencia, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN de EDUC.AR S.A.U. dispone: ARTÍCULO 1° - APROBAR todo lo actuado en el expediente EX-2025-02076850- -APN-DAYF# EDUCAR del Registro del Sistema de Gestión Documental Electrónica, llamado que tiene por objeto la provisión del “RECARGA, CONTROL Y MANTENIMIENTO DE EXTINTORES DE LAS SEDES DE EDUC.AR S.A.U.” ARTÍCULO 2° - DECLARAR formal, técnica y económicamente admisible la oferta presentada por METALÚRGICA LARRAUDE S.A., en tanto cumple con los requisitos establecidos en los Términos de Contratación, y los valores cotizados se encuentran dentro del monto previsto y autorizado. ARTÍCULO 3° - ADJUDICAR a favor de METALÚRGICA LARRAUDE S.A. el renglón único por la suma total de pesos PESOS DOS MILLONES CIENTO ONCE MIL con 00/100 ($ 2.111.000,00.-) por ser la única oferta económicamente conveniente y cumplir con los requerimientos técnicos y formales exigidos. ARTÍCULO 4° - DESESTIMAR la oferta presentada por SUYAI EXTINTORES S.R.L. por exceder el monto previsto y autorizado para la presente contratación. ARTÍCULO 5° - DESESTIMAR las ofertas presentadas por MATAFUEGOS LUGANO S.R.L. en virtud de la subsanación parcial e INDUSTRIAS MAS S.R.L. y FUEGOTECNIC S.R.L. por la falta total de subsanación de los defectos formales observados respectivamente. ARTÍCULO 6° - AUTORIZAR a la Gerencia de Compras y Contrataciones a emitir la correspondiente orden de compra. ARTÍCULO 7° - ORDENAR que se solicite a METALÚRGICA LARRAUDE S.A. la integración de la garantía de cumplimiento de contrato, conforme lo previsto en el Reglamento de Compras y Contrataciones vigente y en los Términos de Contratación. ARTÍCULO 8° - ORDENAR que se comunique a los oferentes presentados y se publique el presente acto en el sitio web de Educ.ar, en cumplimiento del principio de transparencia. |
METALURGICA LARRAUDE SA |
1 |
2111000 |
Detalle |